viernes, 12 de octubre de 2018

Proceso de Fiscalización Tributaria ¿estoy en problemas?

Definitivamente el temor más grande de toda persona que dirige una empresa es el tener que afrontar una fiscalización de la Administración Tributaria. Pero calma, en realidad es una situación bastante usual la cual no tiene por qué ser motivo de alarma si la conducción contable y tributaria se lleva con arreglo a la normatividad correspondiente.

"Contador, la SUNAT me va a fiscalizar ¿Qué significa?, ¿tengo que pagar una multa?"

Tranquilo, la respuesta es NO, o no necesariamente. En primer lugar debemos conocer qué implica un proceso de fiscalización de la Administración Tributaria, y sobre todo, cuáles son nuestros derechos y obligaciones. 

Una de las principales preguntas que se plantea un contribuyente es "¿Por qué a mi?", en realidad es un tema algo difícil de responder; pero depende de algunos factores como cruces de información (a pesar que uno se repita una y otra vez que nuestra contabilidad está adecuadamente realizada, cabe aquí la posibilidad que quien esté en problemas sea alguno de nuestros clientes o proveedores, de tal manera que no necesariamente indica que nosotros hicimos algo mal, sino todo lo contrario), otro factor a tomar en cuenta es haber incurrido en alguna omisión de declaraciones, inclusive hay un factor que es muy común: el pagar impuestos que van por debajo del sector de nuestra actividad (no todos los contribuyentes pagan igual, hay rubros económicos que por su propia naturaleza generan mayor o menor carga de impuestos).

Todo proceso de fiscalización inicial con la Notificación, la cual puede ser de varias formas como una esquela física en el domicilio fiscal, o una virtual en nuestro Buzón SOL, la cual surte efecto a partir del día hábil siguiente a la recepción; en dicha esquela, la SUNAT nos debe informar de manera detallada, en qué va a consistir la fiscalización y qué documentos son necesarios presentar; podrían ser solo los registros de compras y ventas, quizá solo el Libro Diario y Mayor, podría ser la contabilidad íntegra, o probablemente solo algunos comprobantes de pago específicos; asimismo se indica la fecha del procedimiento, el lugar dónde se realizará el cual puede ser en una oficina de SUNAT o en el propio domicilio del contribuyente, y finalmente el fiscalizador asignado.

Aquí algo muy importante, todo proceso de fiscalización siempre es previo aviso, y con un plazo razonable para que el contribuyente pueda ordenar y obtener los documentos que solicita SUNAT, no existen las "fiscalizaciones sorpresa".

Algunas recomendaciones serían:

  • Planificar adecuadamente la respuesta a los requerimientos de SUNAT, si consideras que el plazo es insuficiente, tienes derecho a solicitar por escrito una prórroga hasta con un día de anticipación.
  • Solo presentar estrictamente la información que se solicita, si bien es cierto se dice que ninguna información sobra, el presentar documentación más de la necesaria abre las puertas a una revisión más exhaustiva
  • En caso que la información solicitada sea de mucho volumen, el contribuyente tiene el derecho a solicitar que la SUNAT nos proporcione una muestra, es decir; que reduzca la cantidad de documentación, a fin que se pueda cumplir con lo solicitado dentro del plazo que corresponde.
  • Asegurarse de presentar toda la información requerida en el plazo señalado, recuerda que la información presentada con posterioridad, ya no será válida.
  • Finalmente no está demás recomendar tranquilidad en todo momento, recuerda que el objetivo es demostrar ante el auditor, con el sustento adecuado, que nuestra posición tributaria es correcta; ésto no es una lucha de poderes. 
Agradecido por su atención, si éste post te fue útil, compártelo.

Hasta una nueva oportunidad. 

C.P.C. Luis Augusto Padilla Rodríguez
Estudio Contable Padilla 
C.C. Fiori 272-A - Lima - San Martín de Porres
Oficina. (01) 380-7406 / 
Celular. (51-1) 992-993-406

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